Ahora toca porra: la ley mordaza

En estos días se está finalizando la tramitación del primer capítulo de la Reforma Penal planteada por el Gobierno. Se trata de la ley mordaza, una nueva ley orgánica de “protección de la seguridad ciudadana”, que será completada con otra modificación del Código Penal.Reforma laboral, aborto, administración local, ayudas a la banca, eliminación de retribuciones a los empleados públicos o aplicación de las políticas dictadas por la Troika son las piezas de ese puzzle en el que esta nueva reforma encaja a la perfección.
El proyecto de ley justifica la necesidad y oportunidad de dicha norma en la demanda de seguridad por parte de la ciudadanía. Pues bien, si atendemos a los últimos datos oficiales publicados (los de la Memoria de la Fiscalía General del Estado de 2013), nos encontramos que el Estado español se encuentra a la cola de la Unión Europea en comisión de delitos (46,1 por delitos por cada mil habitantes frente a los 63,8 de media europea). Con la aprobación definitiva de esta nueva ley se perfeccionará y sustituirá la famosa ley 1/92, la ley Corcuera de la patada en la puerta. El precedente es a todas luces clarificador.

No solo es innecesaria desde una perspectiva técnica, sino que oculta intereses espúreos que no aparecen en la exposición de motivos ni en las intervenciones de quienes defienden este cambio legislativo:
-Restricciones en el ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas. Con el nuevo catálogo de sanciones se restringe e impide la libertad de circulación, el derecho de reunión y las posibilidades de manifestación. Se generan nuevas categorías de infracciones, muchas de las cuales se configuran como “normas sancionadores en blanco”, es decir expresiones ambiguas e imprecisas que dejan al arbitrio de quien las aplique su interpretación. Participar en escraches, fotografiar en la calle a funcionarios de las fuerzas y cuerpos de seguridad, paralizar desahucios u ocupar bancos son ahora objeto de infracciones y multas. Además los infractores formarán parte de un Registro Central de Infracciones
-Un nuevo concepto de orden público. El anteproyecto de ley contemplaba incluso que las empresas privadas pudieran participar en la gestión del orden público. Si bien es cierto que esta posibilidad ha desparecido también lo es que se inventa un subtipo de retención-detención de hasta 6 horas por no portar el DNI o se consagra un nuevo procedimiento de identificaciones racista en función de la nacionalidad. La nueva ley abre un campo de cultivo perfecto para la xenofobia.
-Afán recaudatorio. Las infracciones leves van desde 100 hasta 600 euros, las graves desde 601 hasta 30.000 euros y las muy graves desde 30.000 hasta 600.000 euros. Juzguen ustedes mismos.
-Impedir el acceso a la jurisdicción y el control judicial. Los comportamientos que antes estaban tipificados como faltas penales ahora pasan a ser sanciones administrativas. De esta manera no serán los jueces de instrucción quienes enjuicien las denuncias (que terminan habitualmente en sentencias absolutorias o condenas levísimas), sino que la jurisdicción competente a partir de ahora será la contencioso-administrativa. Se trata de justicia revisoria (que parte de que la Administración ha obrado conforme a la ley), con tasas obligatorias para poder litigar y necesidad de acudir representado por procurador y asistido por abogado. Nada que ver con un juicio de faltas penal, sin tasas, sin necesidad de abogado ni procurador y con todas las garantías procedimentales y penales.
-Nula atención a las demandas sociales. En materia de seguridad existen diversas propuestas de movimientos ciudadanos, ONGs y organizaciones de defensa de los derechos humanos que no han sido atendidas en modo alguno. Por ejemplo, la identificación clara y precisa de los agentes de la autoridad en ejercicio de sus funciones, incluidos los cuerpos antidisturbios, sigue sin contemplarse. De esta manera se garantizan esas zonas de impunidad que hemos visto crecer en los últimos tiempos. La regulación del uso y abuso de las pelotas de goma o de las pistolas Taser son también asignaturas pendientes de las que nada en absoluto dice el proyecto de ley.

La ley mordaza es la respuesta gubernamental a las nuevas formas de movilización social. Es una nueva certificación de que el legislador avanza más lento que la sociedad. Habrá por tanto que repensar y reinventar las formas de protesta, repensar la ley y desbordarla. A día de hoy el gobierno no ofrece ninguna otra respuesta diferente a la represiva.Y es solo un avance de lo que será la próxima reforma del Código Penal: más regresión y restricción de derechos en estado puro.

Luis Ocaña, Abogado del SAT, Miembro de Asamblea de Andalucía

Fuente original: andalucesdiario.es, 4 de Febrero de 2015