En estos días se está finalizando la tramitación del primer
capítulo de la Reforma Penal planteada por el Gobierno. Se trata de la ley
mordaza, una nueva ley orgánica de “protección de la seguridad ciudadana”, que
será completada con otra modificación del Código Penal.Reforma laboral, aborto,
administración local, ayudas a la banca, eliminación de retribuciones a los empleados
públicos o aplicación de las políticas dictadas por la Troika son las piezas de
ese puzzle en el que esta nueva reforma encaja a la perfección.
El proyecto de ley justifica la necesidad y oportunidad de
dicha norma en la demanda de seguridad por parte de la ciudadanía. Pues bien,
si atendemos a los últimos datos oficiales publicados (los de la Memoria de la
Fiscalía General del Estado de 2013), nos encontramos que el Estado español se
encuentra a la cola de la Unión Europea en comisión de delitos (46,1 por
delitos por cada mil habitantes frente a los 63,8 de media europea). Con
la aprobación definitiva de esta nueva ley se perfeccionará y sustituirá la
famosa ley 1/92, la ley Corcuera de la patada en la puerta. El precedente es a
todas luces clarificador.
No solo es innecesaria desde una perspectiva técnica, sino
que oculta intereses espúreos que no aparecen en la exposición de motivos ni en
las intervenciones de quienes defienden este cambio legislativo:
-Restricciones en el ejercicio de derechos fundamentales y
libertades públicas. Con el nuevo catálogo de sanciones se restringe e
impide la libertad de circulación, el derecho de reunión y las posibilidades de
manifestación. Se generan nuevas categorías de infracciones, muchas de las
cuales se configuran como “normas sancionadores en blanco”, es decir
expresiones ambiguas e imprecisas que dejan al arbitrio de quien las aplique su
interpretación. Participar en escraches, fotografiar en la calle a funcionarios
de las fuerzas y cuerpos de seguridad, paralizar desahucios u ocupar bancos son
ahora objeto de infracciones y multas. Además los infractores formarán parte de
un Registro Central de Infracciones
-Un nuevo concepto de orden público. El anteproyecto de
ley contemplaba incluso que las empresas privadas pudieran participar en la
gestión del orden público. Si bien es cierto que esta posibilidad ha
desparecido también lo es que se inventa un subtipo de retención-detención de
hasta 6 horas por no portar el DNI o se consagra un nuevo procedimiento de
identificaciones racista en función de la nacionalidad. La nueva ley abre un
campo de cultivo perfecto para la xenofobia.
-Afán recaudatorio. Las infracciones leves van desde
100 hasta 600 euros, las graves desde 601 hasta 30.000 euros y las muy graves
desde 30.000 hasta 600.000 euros. Juzguen ustedes mismos.
-Impedir el acceso a la jurisdicción y el control judicial. Los
comportamientos que antes estaban tipificados como faltas penales ahora pasan a
ser sanciones administrativas. De esta manera no serán los jueces de
instrucción quienes enjuicien las denuncias (que terminan habitualmente en
sentencias absolutorias o condenas levísimas), sino que la jurisdicción
competente a partir de ahora será la contencioso-administrativa. Se trata
de justicia revisoria (que parte de que la Administración ha obrado conforme a
la ley), con tasas obligatorias para poder litigar y necesidad de acudir
representado por procurador y asistido por abogado. Nada que ver con un
juicio de faltas penal, sin tasas, sin necesidad de abogado ni procurador y con
todas las garantías procedimentales y penales.
-Nula atención a las demandas sociales. En materia de
seguridad existen diversas propuestas de movimientos ciudadanos, ONGs y
organizaciones de defensa de los derechos humanos que no han sido atendidas en
modo alguno. Por ejemplo, la identificación clara y precisa de los agentes de
la autoridad en ejercicio de sus funciones, incluidos los cuerpos
antidisturbios, sigue sin contemplarse. De esta manera se garantizan esas
zonas de impunidad que hemos visto crecer en los últimos tiempos. La
regulación del uso y abuso de las pelotas de goma o de las pistolas Taser son
también asignaturas pendientes de las que nada en absoluto dice el proyecto de
ley.
La ley mordaza es la respuesta gubernamental a las nuevas
formas de movilización social. Es una nueva certificación de que el legislador
avanza más lento que la sociedad. Habrá por tanto que repensar y reinventar las
formas de protesta, repensar la ley y desbordarla. A día de hoy el
gobierno no ofrece ninguna otra respuesta diferente a la represiva.Y es solo un
avance de lo que será la próxima reforma del Código Penal: más regresión y
restricción de derechos en estado puro.
Luis Ocaña, Abogado del SAT, Miembro de Asamblea de
Andalucía
Fuente original: andalucesdiario.es, 4 de Febrero de 2015